La autoexclusión voluntaria puede ser realizada por cualquier persona mayor de edad, quien libremente decida renunciar a su derecho de ingresar en todas las salas de juego de los casinos autorizados en virtud de la Ley 19.995, así como los casinos concesión municipal.
El procedimiento se encuentra establecido en el Compendio de Normas de esta Superintendencia, Libro segundo: Período de Operación del Permiso / Título VIII. Protección al jugador y juego responsable / Capítulo 3: Autoexclusión.
Para efectuar la autoexclusión usted tiene estas opciones:
También puede efectuar el reemplazo del apoderado con ClaveÚnica en el siguiente link: Reemplazo del apoderado.
Si deseas hacer una solicitud de forma presencial, descarga el formulario correspondiente y acércate a un casino de juego o en la Superintendencia de Casinos de Juego.
Para más información visita www.scj.gob.cl